La Suprema Corte invalida artículo del Código Penal sobre el aborto en Chiapas
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas, que había sido reformado en mayo de 2023, estableciendo condiciones restrictivas para la sanción del aborto. La disposición preveía que el aborto no fuera sancionable en ciertos casos, como cuando el embarazo resultara de una violación, cuando la persona embarazada estuviera en riesgo de muerte, o cuando el producto presentara alteraciones genéticas o congénitas.
La Corte determinó que dicho artículo era contrario a los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, ya que no permitía la interrupción del embarazo durante la primera etapa de gestación, limitando la posibilidad de aborto a situaciones muy específicas. En consecuencia, la resolución tiene efectos retroactivos a partir del 4 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la reforma.
La SCJN vinculó al Congreso local de Chiapas para que, en su próximo periodo de sesiones, garantice el derecho de las mujeres y personas gestantes a la interrupción del embarazo, conforme a lo resuelto en esta acción de inconstitucionalidad.