La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó violaciones a derechos humanos y violencia obstétrica en la muerte de un recién nacido en el Hospital General de Chilapa de Álvarez, Guerrero. El organismo emitió la Recomendación 29/2026 contra el IMSS-Bienestar por la atención deficiente que derivó en el fallecimiento del bebé.
Los hechos ocurrieron el 25 de enero de 2025. Una mujer ingresó al área de Urgencias por complicaciones relacionadas con el parto y fue canalizada a obstetricia, donde le informaron que requería una cesárea, según la investigación de la CNDH .
¿Por qué la CNDH determinó que hubo violencia obstétrica en la muerte del recién nacido en Guerrero?
Especialistas médicos de la CNDH revisaron el expediente y concluyeron que la cesárea se retrasó tres horas. Los estudios previos ya habían identificado una urgencia obstétrica que comprometía la vida del bebé y exigía atención inmediata.
La demora provocó sufrimiento fetal y complicaciones graves en la salud del recién nacido. Al nacer, el bebé debía permanecer bajo vigilancia especial en el cunero patológico. Sin embargo, fue enviado a alojamiento junto con su madre .
¿Qué pasó después del nacimiento del bebé en el hospital de Chilapa?
La madre observó que su hijo tenía la boca morada y pidió una valoración médica. El personal le respondió que era normal y que no debía preocuparse, de acuerdo con el relato recogido en la recomendación.
Esa noche, alrededor de las 23:00 horas, la mujer escuchó que las enfermeras se retiraban a cenar por un convivio. Aproximadamente 15 minutos después, el recién nacido falleció sin recibir auxilio, según su testimonio .
¿Qué derechos humanos se vulneraron en el caso de Chilapa?
La CNDH acreditó violaciones al derecho a la protección de la salud materna y a una vida libre de violencia obstétrica e institucional en agravio de la madre. También documentó afectaciones al interés superior de la niñez y a los derechos a la salud y a la vida del recién nacido.
El organismo sumó vulneraciones al acceso a la información en materia de salud y daños al proyecto de vida. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos consideró que la atención deficiente causó afectaciones emocionales a la mujer y a sus familiares, quienes habían preparado la llegada del bebé .
¿Qué debe hacer el IMSS-Bienestar tras la recomendación de la CNDH?
La Recomendación 29/2026 solicita al IMSS-Bienestar inscribir a la madre y a dos familiares en el Registro Nacional de Víctimas para acceder a la reparación del daño. También pide brindar atención psicológica y tanatológica gratuita, inmediata y accesible.
El organismo pidió colaborar con la vista administrativa ante el Órgano Interno de Control para investigar posibles responsabilidades del personal. Además, recomendó capacitación continua en derechos humanos para el personal de ginecología y obstetricia del hospital.
La CNDH también solicitó emitir una circular que instruya al personal a respetar los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad en la atención materna .
¿Qué sigue para el caso de la muerte del recién nacido en Guerrero?
La recomendación documenta violaciones a derechos humanos y solicita medidas de reparación y no repetición. La determinación de responsabilidades administrativas corresponde a la investigación que realice la instancia de control.
Hasta la publicación de la recomendación, no se informó de sanciones impuestas al personal involucrado. Tampoco se consignó una respuesta del IMSS-Bienestar sobre la aceptación de las medidas.
El seguimiento del caso deberá distinguir entre las violaciones acreditadas, la reparación a las víctimas y las eventuales responsabilidades individuales que determinen las autoridades competentes.
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