INE establece reglas históricas y sanciones estrictas para las elecciones judiciales de 2024
El INE aprueba las normas y sanciones para las elecciones judiciales de 2024
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el catálogo de infracciones y las reglas procesales que regularán las campañas de cara a las elecciones judiciales del próximo 1 de junio. Este conjunto de disposiciones establece las responsabilidades, limitaciones y derechos de los candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados, jueces, servidores públicos, partidos políticos y ciudadanos involucrados en el proceso.
Infracciones para los candidatos
Entre las acciones que constituyen infracciones por parte de los aspirantes se encuentran:
- Contratar espacios en radio y televisión.
- Difundir propaganda electoral en materiales distintos al papel, como lonas, playeras o gorras.
- Realizar actos de campaña fuera del periodo permitido.
- Promover propaganda que contenga calumnias o vulnere el interés superior de la niñez.
- Utilizar recursos públicos, ya sea en efectivo o en especie, para sus campañas.
Obligaciones permitidas para los candidatos
En contraste, los candidatos podrán realizar actividades promocionales siempre y cuando se mantengan dentro de los límites establecidos:
- Financiar sus campañas electorales con recursos propios, respetando los topes de gasto que serán definidos próximamente por el INE.
- Difundir propaganda en materiales impresos que sean reciclables, biodegradables y libres de sustancias tóxicas.
- Participar en debates organizados por el INE u otros foros que sean gratuitos y equitativos, ya sea de carácter público, privado o social.
Restricciones a servidores públicos
El catálogo también señala sanciones para los servidores públicos que:
- Usen recursos del erario para promoción o propaganda electoral relacionada con los procesos del Poder Judicial.
- Manipulen programas sociales para inducir o coaccionar el voto a favor o en contra de algún candidato.
- Organicen foros desde dependencias responsables de programas sociales, donde los beneficios directos a la población puedan influir en la elección.
Además, se prohíbe la participación de servidores públicos en eventos proselitistas durante sus horarios laborales, así como en actividades de campaña en su tiempo libre si no ostentan la calidad de candidato.
Infracciones de los partidos políticos
Los partidos políticos también estarán sujetos a estrictas limitaciones. Entre las principales infracciones destacan:
- Realizar actos de proselitismo o posicionarse públicamente en favor o en contra de una candidatura.
- Contratar personas o empresas para la realización de encuestas o sondeos de opinión, ya sea directamente o a través de intermediarios.
- Ofrecer o entregar bienes o beneficios en especie o efectivo como parte de la promoción electoral.
Infracciones de la ciudadanía y concesionarios
El catálogo incluye a los ciudadanos como posibles responsables de infracciones, al igual que a dirigentes, afiliados a partidos políticos y observadores electorales. Entre las conductas sancionables están las acciones que favorezcan indebidamente a algún candidato o alteren la equidad del proceso. Los concesionarios de radio y televisión también estarán sujetos a las disposiciones del INE.
Debate y votación del catálogo
Durante la sesión del Consejo General, la consejera Norma Irene de la Cruz propuso que los ciudadanos fueran excluidos como sujetos de responsabilidad en el catálogo de infracciones. Sin embargo, la propuesta no prosperó, ya que los consejeros determinaron que cualquier persona puede incurrir en conductas que beneficien de manera indebida a alguna candidatura.
Con estas reglas y sanciones, el INE busca garantizar un proceso electoral transparente, equitativo y apegado a la legalidad, fortaleciendo así la confianza en la elección de las próximas figuras del Poder Judicial.