¿Cambiaste de casa? Esto es lo que debes saber para no perder tu Pensión Bienestar
En México, los Programas del Bienestar, impulsados desde el sexenio de Andrés Manuel López Obrador y continuados bajo la administración de Claudia Sheinbaum, buscan apoyar a diversos sectores de la población, y uno de los más destacados es la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. Este apoyo, destinado a adultos mayores de 65 años o más, ha sido una de las iniciativas más importantes del gobierno para garantizar el bienestar económico de este sector vulnerable. En 2025, los beneficiarios del programa recibirán 6,200 pesos bimestrales, una cantidad destinada a ayudar con los gastos cotidianos de quienes más lo necesitan.
Requisitos para inscribirse en la Pensión Bienestar
Para acceder a este apoyo económico, los interesados deben cumplir con ciertos requisitos básicos, como ser mayor de 65 años, residir en México y presentar algunos documentos clave, entre ellos:
- Acta de nacimiento
- Documento de identificación vigente
- CURP
- Formato Único de Bienestar debidamente completado
- Comprobante de domicilio o constancia de residencia
¿Qué sucede si me cambio de domicilio?
Uno de los interrogantes más comunes entre los beneficiarios de la Pensión Bienestar es si perderán el apoyo si deciden cambiarse de domicilio. De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa para el ejercicio fiscal 2025, los beneficiarios no perderán el apoyo si se cambian de casa, pero deben notificar su cambio de domicilio de inmediato. Este trámite debe hacerse en un Módulo de Atención, presentando los documentos correspondientes. Específicamente, se requerirá:
- Credencial de elector
- Comprobante de domicilio con la nueva dirección
¿En qué casos puedo perder la Pensión Bienestar?
Es importante que los beneficiarios estén al tanto de las situaciones en las que podrían perder el apoyo. El Gobierno puede suspender o cancelar la pensión en los siguientes casos:
- Documentos falsificados: Si se descubre que los documentos de identidad presentados son apócrifos, pertenecen a otra persona o no coinciden con la información registrada.
- Fallecimiento: Si se notifica el fallecimiento del beneficiario, con la documentación correspondiente.
- Baja voluntaria: Si la persona beneficiaria o su representante solicitan su baja voluntaria del programa.
Es fundamental que los beneficiarios se mantengan informados y cumplan con los procedimientos establecidos para evitar interrupciones en los beneficios del programa.