Controversia por la libertad otorgada a José Alfredo “C”, la FGR impugnó la liberación
El caso de José Alfredo “C”, presunto miembro de una organización criminal en Tamaulipas, ha generado controversia debido a la decisión del Juez de Distrito Gregorio Salazar Hernández de otorgarle la libertad procesal. Este hecho ha dado pie a un proceso de queja, incidentes de nulidad de notificación, y la apertura de una carpeta de investigación por posibles delitos contra la administración de justicia cometidos por servidores públicos.
En su resolución, el juez argumentó que la Fiscalía General de la República (FGR) no acreditó las causas que justificaban la prisión preventiva de José Alfredo “C”. Sin embargo, la FGR presentó múltiples pruebas que sustentaban un alto riesgo de sustracción y obstaculización de la justicia, incluyendo un informe del Fiscal Auxiliar de los EUA del Distrito Sur de Texas (caso 1:21CR001011) y una Evaluación de Riesgo elaborada por el Centro Federal de Inteligencia Criminal, que concluyó que el acusado representa un alto riesgo social.
Asimismo, se señaló que el reclamado era un peligro para testigos y la sociedad, respaldado por datos de la Embajada de los Estados Unidos en México y denuncias por amenazas hacia colaboradores y testigos clave. Además, se presentó evidencia de que José Alfredo “C” contaba con recursos económicos y logísticos para trasladarse a cualquier parte del mundo, lo que incrementaba el peligro de fuga.
El juez también indicó que la FGR no acreditó los hechos relacionados con la extradición de José Alfredo “C”. No obstante, esta etapa ya había sido superada en el proceso, y se contaba con una opinión jurídica favorable a la extradición, emitida el 17 de junio de 2024 por el Juez Enrique Beltrán Santes. Además, se resaltó que el acusado tenía antecedentes penales en territorio nacional por delitos graves, como delincuencia organizada y secuestro.
Finalmente, el juez declaró que la defensa había demostrado el arraigo domiciliario de José Alfredo “C”. Sin embargo, la FGR refutó esta afirmación, argumentando que los documentos presentados por la defensa solo acreditaban el arraigo de los familiares y no el del reclamado, quien había registrado múltiples domicilios en ocasiones anteriores.
A pesar de las pruebas presentadas, el juez otorgó la libertad inmediata sin garantizar la imposición de nuevas medidas cautelares adecuadas, lo que ha sido señalado como un acto de indebida libertad procesal.