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SCJN se niega a reparar el daño sufrido por trabajadoras por acoso sexual

SCJN se niega a reparar el daño sufrido por trabajadoras por acoso sexual

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), presidida por Norma Piña, ha enfrentado críticas en relación con el manejo de casos de acoso sexual en su propia institución. En particular, se destaca el caso de Silvia Angélica Vivar Gómez Farías y Norma Pulido Cruz, quienes han luchado durante más de 10 años por obtener justicia por los abusos que sufrieron por parte de empleados de la misma SCJN. Según las denuncias, los responsables del acoso fueron privilegiados durante el proceso, mientras que las víctimas enfrentaron discriminación y estancamiento en sus carreras profesionales.

El contexto de este caso está relacionado con un informe emitido por la ministra Piña, en el que se menciona que durante 2023, el Poder Judicial de la Federación (PJF) cerró 609 expedientes relacionados con faltas administrativas cometidas por su personal, que incluyen corrupción, nepotismo, violencia de género y acoso sexual. Dentro de la SCJN, los expedientes de denuncias aumentaron en un 53.79% durante el mismo período.

En cuanto al caso de Silvia y Norma, las víctimas fueron defendidas por el abogado experto en derechos humanos, Sergio Méndez Silva. A pesar de las evidencias, los agresores, Leopoldo Ceceña Cubría y Luis Carretero y González, mantuvieron sus puestos, salarios y beneficios durante años. Solo tras una larga batalla judicial se logró la destitución de Carretero y González, aunque Ceceña Cubría pudo retirarse con todos sus derechos intactos antes de la sentencia final emitida en enero de 2023. Silvia Vivar, una de las víctimas, cuestionó la protección que se brindó a los agresores y lamentó que no se tomaran medidas adecuadas durante el proceso.

A pesar de la jurisprudencia que la SCJN ha emitido en casos externos similares, la ministra Piña rechazó ofrecer indemnización o medidas de reparación a las víctimas. En declaraciones a La Jornada, Silvia Vivar explicó que el proceso se prolongó innecesariamente y que no se tomaron en cuenta las consecuencias emocionales y laborales del acoso sufrido. Además, destacó la incongruencia entre lo que la SCJN dicta en casos externos y lo que resuelve dentro de la misma institución.

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En el fallo emitido en enero de 2023, la SCJN no reconoció a Silvia y Norma como víctimas a las que se les debiera reparar el daño, ni les ofreció una disculpa pública ni asistencia psicológica. En el punto 220 de la sentencia, se indicó que no se había demostrado que el acoso hubiera tenido un beneficio económico para los agresores ni que hubiera causado un daño patrimonial, lo que dejó a las víctimas sin compensación alguna por el sufrimiento que padecieron.

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