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Yasmín Esquivel hace un llamado a Norma Piña sobre respeto a la autonomía del Poder Judicial

Yasmín Esquivel hace un llamado a Norma Piña sobre respeto a la autonomía del Poder Judicial

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, hizo un llamado a Norma Piña, presidenta del Máximo Tribunal, para que se respete la autonomía de los órganos jurisdiccionales y se permita que continúe el proceso electoral para elegir jueces, ministros y magistrados. Esto, luego de que Esquivel acusara a Piña de “violar la independencia” del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que había ordenado al Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudar sus actividades hacia la elección judicial.

Esquivel destacó en un comunicado que Piña no tiene facultades para otorgar una medida cautelar en medio del proceso electoral, señalando que dicha acción carece de fundamento legal. Afirmó que la presidenta de la Corte debe respetar la autonomía y facultades de los órganos jurisdiccionales, permitiendo que el proceso se lleve a cabo conforme a la Constitución y las leyes que regulan el sistema democrático del país.

Este conflicto se originó cuando el Comité de Evaluación del Poder Judicial solicitó la intervención de la SCJN, conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para resolver el conflicto generado por resoluciones contradictorias entre dos jueces de Distrito, que habían paralizado el proceso electoral, y la Sala Superior del TEPJF, que había ordenado continuar con el mismo.

Esquivel aclaró que el Pleno de la SCJN tiene atribuciones para conocer de este tipo de controversias, pero no para decretar suspensiones como lo hizo la ministra Piña. Según la ministra, la presidenta de la Corte solo tiene la facultad de recibir y registrar el asunto, para luego turnarlo a un ministro, en este caso, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

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Además, Esquivel explicó que no existe fundamento legal para que Piña imponga una suspensión en el proceso electoral, ya que este se encuentra regido por la Constitución Federal y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), los cuales no permiten suspender dicho proceso ni conceder medidas cautelares.

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