“TEPJF Reactiva Elecciones: Nuevas Decisiones para Asegurar la Transparencia”
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en una votación de tres votos a favor y dos en contra, resolvió que los jueces de amparo no tienen la facultad de suspender la organización de las elecciones del Poder Judicial. Como resultado, los amparos y las suspensiones dictadas por estos jueces no tendrán efectos legales sobre el proceso electoral, ya que la Constitución Mexicana establece de manera explícita que los amparos no son procedentes en materia electoral.
Con esta sentencia, el Tribunal otorga una garantía de continuidad al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Senado de la República, asegurando que ambas instituciones puedan seguir adelante con la organización de los comicios de 2025 con plena certidumbre jurídica. El TEPJF destacó que, con esta resolución, no está invadiendo competencias de otros órganos ni resolviendo el fondo de los amparos otorgados por los juzgadores. En su fallo, aclaró que el Senado, el INE y demás autoridades competentes deben continuar con las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, ya que este es un mandato claramente estipulado en la Constitución. El Tribunal enfatizó que ninguna autoridad, poder u órgano del Estado puede suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relacionadas con las etapas del proceso electoral.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera, uno de los integrantes de la Sala Superior, explicó que los jueces de amparo no pueden intervenir en el proceso de organización de las elecciones y que los amparos que hayan sido otorgados por estos juzgadores carecen de validez y no tienen efecto legal alguno. Fuentes Barrera subrayó que la Sala Superior tenía el deber de remover cualquier obstáculo que pudiese impedir o generar incertidumbre en las autoridades responsables de llevar a cabo el proceso electoral, garantizando así que el mismo se realice de acuerdo con lo dispuesto por la ley y la Constitución.
Esta resolución refuerza el principio de que las cuestiones electorales, especialmente las vinculadas con el Poder Judicial, deben ser organizadas y ejecutadas sin interferencias externas que puedan poner en riesgo la legalidad y transparencia del proceso electoral. Así, el TEPJF reafirma su rol como garante de la legalidad electoral en México y reafirma que los mandatos constitucionales deben prevalecer sobre cualquier decisión que contravenga el ordenamiento jurídico en materia electoral.