Leyendo ahora
Tribunal avala afirmativa ficta en permisos de hidrocarburos

Tribunal avala afirmativa ficta en permisos de hidrocarburos

El 3 de enero de 2025, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito otorgó un fallo histórico relacionado con la afirmativa ficta. La resolución benefició a una persona moral al concederle permisos de importación y exportación de hidrocarburos y petrolíferos, tras la omisión de la Secretaría de Energía (SENER) en los plazos establecidos para resolver solicitudes de prórroga y modificación de permisos.

La afirmativa ficta, según la especialista Paulina Ortega, es un mecanismo jurídico que otorga autorización automática ante la falta de respuesta por parte de una autoridad. Este fallo sanciona a la SENER por no emitir una resolución dentro de los plazos establecidos en la normatividad, permitiendo que la empresa continúe operando sin la necesidad de un dictamen explícito.

El criterio jurídico aplicado se fundamenta en el punto 13 del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015. Dicho acuerdo establece un plazo de 13 días hábiles para resolver solicitudes presentadas a través de la Ventanilla Digital y 15 días hábiles para las gestionadas en oficinas centrales.

La resolución subraya la importancia de que las autoridades cumplan con los tiempos estipulados para evitar afectaciones a las empresas. Además, abre la posibilidad de que otras empresas utilicen este mecanismo en casos de retrasos administrativos, aunque deberá considerarse como un criterio orientador y no como una jurisprudencia vinculante.

Ver también

Este fallo podría fomentar la competitividad en el sector energético al garantizar la continuidad operativa de las empresas. Sin embargo, será necesario analizar a profundidad los parámetros evaluados por el tribunal para determinar si el fallo representa un parteaguas o se limita a un caso aislado de aplicación normativa.

View Comments (0)

Leave a Reply

Your email address will not be published.

© 2024 Grupo Gremol. Todos los derechos reservados